Asunción Esteve Pardo nos acerca a los instrumentos legales que permiten equilibrar los intereses de todas las partes implicadas en el acceso abierto, un planteamiento innovador que puede facilitar la difusión de estas prácticas a la vez que se publica en revistas comerciales de calidad.
Entre 2011 y 2016, se promovieron en España y otros países de nuestro entorno (Alemania, Holanda, Francia e Italia) iniciativas legales para fomentar el acceso abierto a las publicaciones científicas por la “vía verde”. En el caso de España, la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia estableció en su art. 37, dedicado a la “Difusión en acceso abierto” un mandato a los investigadores, cuya investigación haya sido financiada con fondos públicos, de hacer pública la versión final aceptada del artículo por la revista en repositorios institucionales, no más tarde de 12 meses después de la publicación. Sin embargo, este mandato apenas tiene efectos, ya que el art. 37 lo impone “sin perjuicio de los acuerdos adoptados con los editores”. Es decir, la Ley de la Ciencia no limita las políticas de embargo establecidas por el editor comercial que, en muchas ocasiones, establecen embargos que duran más de un año o determinan que el autor no podrá depositar la versión final aceptada en un repositorio sin su expresa autorización.
Alemania, Francia y Holanda acometieron reformas más audaces en sus leyes de propiedad intelectual o en sus leyes sobre ciencia, para reconocer a los autores de artículos científicos un derecho intransmisible a difundir en abierto la versión aceptada de sus artículos por la “vía verde”, al margen de lo pactado con el editor. Estas leyes reconocen al autor la facultad de ejercer el derecho a difundir en repositorios la versión aceptada de su artículo en un plazo determinado legalmente (a los 12 meses de la publicación o incluso antes), independientemente de los acuerdos adoptados con el editor.
Sin embargo, todas estas iniciativas legales no han tenido el impacto esperado sobre el acceso abierto a publicaciones científicas por la vía verde. Frente a ello, se ha producido un interesante cambio en el modelo de contrato de licencia entre las principales editoriales comerciales de revistas científicas (Springer, Elsevier, Cambridge University Press, Wiley, ACS Publications…) y las bibliotecas de universidades y centros de investigación. Se trata de los denominados “acuerdos transformativos” que sustituyen a las tradicionales licencias de suscripción. La principal novedad de estos contratos reside en que el precio destinado a pagar las suscripciones por acceder a las revistas cubre también los gastos de publicación (APCs) de un número determinado de artículos en abierto en las revistas híbridas de la editorial. Mediante estos contratos, las editoriales facilitan a las universidades y centros de investigación no sólo leer y descargarse los artículos de sus revistas, sino también que su personal investigador pueda publicar en ellas cierto número de artículos en acceso abierto por la “vía dorada”, sin añadir un coste adicional al precio de la licencia.
Los acuerdos transformativos concretan el número de APCs que el editor incluye en el precio de la licencia y establecen la obligación de los autores afiliados a escoger la licencia creative commons, bajo la cual el editor efectuará la difusión en abierto de su artículo. Las cesiones de derechos de autor entre el autor de la institución y el editor de la revista híbrida que publique su artículo se efectúan, posteriormente, mediante licencias por publicar. Por medio de las licencias por publicar, el autor concede al editor el derecho sobre todas las modalidades de explotación de su artículo, con fines comerciales o educativos, de forma gratuita y sin límite temporal y el autor escoge la modalidad de licencia creative commons bajo la cual el editor autorizará la publicación en abierto del artículo en su revista híbrida.
Los acuerdos transformativos y las licencias por publicar evidencian cómo el contrato es el instrumento legal que permite equilibrar mejor los intereses de todas las partes implicadas en el acceso abierto, siempre que se encuentre una fórmula económica que lo haga posible. Aunque todavía hay que esperar el resultado de la implantación de los acuerdos transformativos y su adopción por parte de editoriales españolas, su planteamiento es muy innovador y puede facilitar la difusión en acceso abierto de artículos publicados en revistas comerciales de calidad en beneficio de toda la comunidad científica, de un modo más eficaz que las iniciativas legales adoptadas hasta ahora.